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¿De cuánto es la multa por no tramitar el CURP de tu mascota?

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En la Ciudad de México desde el pasado 27 de marzo es obligatorio el registro de los animales de compañía como perros y gatos, con lo que de acuerdo al Gobierno capitalino se tendrán diversos beneficios. A continuación, te detallamos cómo hacer el trámite y si hay multas por no hacerlo.

El gobierno capitalino detalla que entre los beneficios de contar con el Registro Único de Animales de Compañía de la Ciudad de México, o RUAC, se encuentra el facilitar la localización de las mascotas en casos de robo o extravío, brinda asistencia en accidentes, ofrece reconocimiento legal a la mascota, y proporciona acceso a recursos y apoyo en situaciones de maltrato animal.

También , asegura el acceso a campañas de vacunación, esterilización y desparasitación gratuitas, así como el uso del Hospital Veterinario de la Ciudad de México, ubicado en Santa Cruz Meyehualco.

¿Es obligatorio registrarlas?

Sí, de acuerdo a lo establecido en la modificación a la Ley de Protección y Bienestar de los Animales en la CDMX. La también conocida como “Ley Maple”, entró en vigor este lunes 1 de abril, misma que otorga a las mascotas la calidad de “seres sintientes”.

Multas por no sacar el RUAC

El artículo 66 de la Ley de Protección a los Animales de la Ciudad de México, detalla que aquellos que no cumplan con el registro de sus animales de compañía podrían incurrir en multas de entre 2,279 pesos y 3,365 pesos, además de enfrentar un arresto de 24 a 36 horas, dependiendo de la gravedad de la infracción.

Las sanciones económicas se basan en el valor actual de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), fijada en 108.57 pesos.

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